De alivios a los empresarios en cuanto a la prima, acuerdos entre trabajador y empleador para las jornadas laborales y acuerdos para el pago de la prima y recargos hasta el 20 de dic de 2020
En el marco de la emergencia sanitaria que vive el país, generada por la pandemia decretada por la OMS, a causa de los contagios por CORONAVIRUS SARS COVID 19, el gobierno nacional ha expedido una serie de decretos expedidos con la finalidad de generar alivios para los empresarios y los empleadores, así como para los trabajadores esto es buscando la protección del derecho al trabajo y el impulso de la economía.
El Gobierno expidió este miércoles el decreto 770 de 2020 con el que busca que trabajadores y empleadores acuerden que el pago de la prima de mitad de año se pueda realizar en tres momentos.
La OIT ha dicho que “La crisis sigue provocando una reducción sin precedentes de la actividad económica y del tiempo de trabajo, y datos recientes confirman las previsiones realizadas anteriormente en materia de pérdida de horas de trabajo (véase el Anexo técnico 1). Se estima que en el primer trimestre de 2020 se perdió un 4,8 por ciento de las horas de trabajo (lo que corresponde a alrededor 135 millones de empleos a tiempo completo, habida cuenta de una semana laboral de 48 horas, con arreglo a la referencia actualizada a tal efecto), con respecto al cuarto trimestre de 2019. Ello constituye una ligera revisión al alza de unos 7 millones de empleos a tiempo completo desde que se publicó la tercera edición del Observatorio de la OIT, lo que pone de manifiesto que en el tercer trimestre de 2020 la crisis afectó a los mercados laborales con mayor intensidad que la prevista, en particular en los países de ingresos medianos altos o elevados de horas trabajadas. En las Américas, se prevé que se pierda el 13,1 por ciento de las horas de trabajo a lo largo del segundo trimestre, con respecto al nivel que existía antes de la crisis. En Europa y Asia Central, se prevé una pérdida del 12,9 por ciento. Las estimaciones relativas a las demás regiones son levemente inferiores, pero en todos los casos se registran valores superiores al 9,5 por ciento. América meridional y Europa meridional y occidental son las regiones para las que se han realizado mayores revisiones al alza en materia de pérdida de horas trabajadas (en más de un punto porcentual) desde la publicación de la tercera edición del Observatorio de la OIT, lo que pone de manifiesto, respectivamente, el empeoramiento de la situación en América meridional y el hecho de que los efectos en el mercado de trabajo de las medidas adoptas en Europa han sido más intensos de lo previsto.”
Teniendo en cuenta estas situaciones el gobierno con la expedición del decreto 770 de 2020 y buscando la protección del derecho al trabajo y la reactivación paulatina de la economía además de adopta una medida de protección al cesante, se adoptan medidas alternativas respecto a la jornada de trabajo, se adopta una alternativa para el primer pago de la prima de servicios, se crea el Programa de Apoyo para el Pago de la Prima de Servicios PAP, Y se crea el Programa de auxilio a los trabajadores en suspensión contractual, alternativas respecto a la jornada de trabajo, se adopta una alternativa para el primer pago dela prima de servicios, se crea el Programa de Apoyo para el Pago de la Prima de Servicios PAP, Y se crea el Programa de auxilio a los trabajadores en suspensión contractual.
Una de las medidas ordenadas por el decreto 770 es que los empleadores podrán llegar a acuerdos en el pago de la prima de mitad de año se pueda realizar en tres momentos. Dicho pago, según dice el decreto, deberá ser de común acuerdo con el trabajador y el empleador podrá trasladar el primer pago de la prima de servicios, máximo hasta el veinte 20 de diciembre de 2020. Asimismo, los beneficiarios del Programa de Apoyo para el Pago de la Prima de Servicios también podrán concertar con el trabajador la forma de pago, en las mismas condiciones antes mencionadas.
El decreto además señala que el Estado otorgará a los beneficiarios del mismo programa un único aporte monetario de naturaleza estatal, con el objeto de apoyar y subsidiar el primer pago de la prima, con ocasión de la pandemia del nuevo coronavirus COVID-19. La vigilancia de dichos subsidios será realizada por la UGPP.
¿Cómo acceder a este subsidio?
Para acceder a este subsidio las empresas deberán realizar un acuerdo con el trabajador, y va dirigido a empresas que hayan bajado más del 20 por ciento sus ingresos durante la pandemia, tal y como ocurre con el beneficio de subsidio a la nómina.
El decreto señala que las empresas que hayan visto reducidos sus ingresos y tengan a sus trabajadores formalizados en el sistema de seguridad social, podrán llegar a un acuerdo amistoso con los empleados para pagar el 50 % restante en dos o tres cuotas.
¿Cómo funciona el subsidio para personas naturales?
Las personas naturales que tengan más de tres empleados afiliados a la planilla PILA podrán acceder al subsidio de igual manera el decreto también indica que No podrán ser beneficiarios del Programa de Apoyo para el Pago de la Prima de Servicios – PAP las entidades cuya participación de la Nación y/o sus entidades descentralizadas sea mayor al 50% de su capital.
¿Qué más declara el decreto 770 del 03 de junio de 2020?
Otro de los apartes del decreto señala que las empresas podrán distribuir las 48 horas de trabajo semanal de sus empleados en cuatro días, de modo que en cada uno se laboren 12 horas. Esto para evitar aglomeraciones. además, indica serán reconocidos los recargos nocturnos, dominicales y festivos de conformidad con la normatividad vigente, aunque abre la posibilidad de que el pago de los recargos se aplace hasta diciembre.